Los cargos públicos que falseen las cuentas u oculten datos con perjuicio económico a la Administración serán castigados con condenas de uno a cuatro años de prisión y con diez años de inhabilitación. Así se recoge en el proyecto de ley de Transparencia aprobado ayer por el Consejo de Ministros. Los fraudes a la Seguridad Social, tanto el impago de cuotas como la obtención indebida de deducciones superiores a 50.000 euros serán perseguidos con hasta seis años de cárcel y el delito no prescribirá hasta los diez.

Tras los informes del Consejo de Estado y del Poder Judicial, el Gobierno ha decidido modificar el Código Penal para endurecer con penas de prisión la normativa que preveía castigar a los cargos públicos que falsearan cuentas con una multa e inhabilitación de hasta10 años cuando esas conductas provoquen un perjuicio económico a la Administración. Puede haber una pena de prisión entre uno y cuatro años.

Además, quienes incurran en una sanción muy grave por incumplir la ley de Estabilidad Presupuestaria no podrán presentarse a elección alguna en cualquier ámbito, ya sea en los comicios generales, autonómicos o locales. Esos y otros órganos constitucionales, como el Tribunal de Cuentas, deberán aplicar también la ley de Transparencia, así como las sociedades mercantiles en las que la participación pública sea de más del 50 por ciento.

La reforma del Código Penal aprobada crea una nueva pena máxima de seis años para los delitos de fraude contra la Seguridad Social y en materia fiscal. En el primer caso, se reduce la cuantía mínima perseguida penalmente de 120.000 a 50.000 euros y se incluye en esa cantidad toda la deuda no prescrita en cuatro años.

La pena máxima de seis años se aplicará al fraude con «empresas fantasma» (independientemente de su cuantía), que son las sin actividad real que simulan relaciones laborales con el único propósito de obtener prestaciones o subvenciones públicas. Se sancionará a quienes empleen en talleres clandestinos a trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad Social o sin autorización.

En cuanto a los delitos fiscales, la pena máxima de seis años y la prescripción a los diez años se aplicará a los fraudes que excedan de 600.000 euros o a los cometidos en una organización criminal. También cuando se usen testaferros, negocios fiduciarios o paraísos fiscales que dificulten u oculten la identidad del obligado a declarar. En las tramas de estafa de IVA ya no será necesario esperar un año para denunciar los fraudes superiores a 120.000 euros, con lo que se perseguirán de inmediato. Por último, el Gobierno remitió a las Cortes la subida de las tasas judiciales, que oscila de los 50 a los 750 euros.