Este es el tiempo del que dispondrán las cuadras en pueblos para adecuarse a la normativa

El propietario podrá presentar una declaración responsable del cumplimiento de las exigencias de higiene y almacén de purines

Una cuadra en el concejo de Avilés

Una cuadra en el concejo de Avilés / Ricardo Solís

Los propietarios de cuadras dispondrán de hasta un año para adecuarlas a la ley de Calidad Ambiental y podrán hacerlo empleando la fórmula de la declaración responsable. La consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico publicó ayer la norma que permitirá el cumplimiento con la legislación. El texto afecta a dos tipos de instalaciones: las tradicionales (anteriores a 1961) que carecen de licencia municipal y aquellas que, pese a cumplir ciertos requisitos no disponen de autorización municipal. Las primeras tendrán seis meses para presentar la declaración responsable, mientras que las segundas tendrán doce meses, que podrán ampliarse a dieciocho.

La resolución afecta a las instalaciones ganaderas de baja incidencia medioambiental como las cuadras tradicionales, anteriores a 1961, que perduran en los núcleos rurales, construidas normalmente en piedra y que en ocasiones carecen de instalaciones auxiliares de almacenamiento de estiércol. Estas instalaciones, que habitualmente se emplean para que el ganado pase los meses de invierno, datan del periodo previo a la entrada en vigor del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (Raminp). Aunque pueden estar inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas del Principado de Asturias (Regapa), carecen de licencia municipal.

También a las instalaciones ganaderas en núcleos de población que, aunque cumplan ciertos requisitos legales, como haber solicitado la licencia de obra, estar inscritas en el Regapa o haber recibido ayudas agrarias, carecen de licencia municipal de actividad. A estas construcciones se les denomina en el nuevo marco normativo como instalaciones ganaderas en precario.

Asimismo, la resolución incluye unas obligaciones técnicas ambientales, similares a las requeridas hasta ahora para obtener la licencia municipal. Las cuadras tradicionales deberán mantener unas mínimas condiciones de higiene y gestión de estiércoles, mientras que las que estén en precario deberán justificar con un proyecto o memoria técnica su capacidad de almacenamiento de excrementos, en fosa o estercolero, y una superficie vinculada que permita gestionarlos.

En el caso de las cuadras en precario, los ayuntamientos deberán definir si éstas cumplen con el planeamiento urbanístico, y en caso negativo emitir un informe de disconformidad en el que se indique que ha transcurrido el plazo para su legalización urbanística. La Consejería de Transición Ecológica podrá facilitar, una vez entre en vigor la ley, modelos no oficiales de estos certificados para ayudar a los ayuntamientos.

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