Murió tras estrellarse contra un árbol caído en Candamo y ahora el Principado debe indemnizar a su familia: unas imágenes de Google Maps, claves en la sentencia

Unas imágenes de un año antes permitieron a la familia del joven fallecido demostrar que el chopo ya mostraba riesgo de desplome

Imagen del lugar del accidente y, en el recuadro, del joven fallecido.

Imagen del lugar del accidente y, en el recuadro, del joven fallecido. / LNE

A. Rubiera

A. Rubiera

Fernando Menéndez, un joven moscón de 26 años, falleció en noviembre de 2019 en la carretera de Avilés a Grado (AS-237) al colisionar con su coche contra un chopo que superaba los 20 metros de altura y que se había desplomado sobre la vía ocupándola en su totalidad. Volvía de casa de sus padres, en Aces (Candamo), era de noche, la calzada estaba mojada y lo que habría podido pasar por un accidente fortuito o debido a causas de fuerza mayor ha sido considerado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias una responsabilidad directa de la Administración del Principado por "un defectuoso funcionamiento del servicio público". Lo que implica que el Principado deberá indemnizar con casi 182.000 euros a los padres del joven, hijo único y soltero.

Para el tribunal ha resultado "especialmente relevante y clarificador" el detallado atestado que hicieron los agentes de la Guardia Civil sobre el lugar del siniestro, en Candamo, y aún más las "reveladoras" fotografías obtenidas de Google Maps en mayo de 2018 que ya reflejan que el árbol, situado en el terraplén del margen derecho de la calzada, en dirección a Grado, en espacio de dominio público, suponía un riesgo evidente.

Porque el gran árbol "había perdido ya su verticalidad, y se encontraba curvado y proyectado parcialmente sobre la vía de circulación". El chopo, de crecimiento espontáneo en zonas húmedas y sin valor comercial, era un ejemplar adulto de un porte considerable para lo que es esa especie, que estaba en un talud con evidente inclinación y con peligro de caída sobre la vía "dado su deficiente estado vegetativo, que se manifiesta en la falta de follaje en la copa", tal como describió un perito.

En definitiva, muchos meses antes del trágico siniestro, el árbol contra el que finalmente impactó el Renault Mégane que conducía el infortunado joven, "manifestaba una situación de irregularidad y peligro que exigían una actividad concreta de vigilancia y estudio y en su caso, de adopción de medidas de seguridad que evitasen su precipitación sobre la calzada", sostienen los jueces.

La familia del joven demandó un año después del suceso a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Principado, ante la desestimación que habían hecho de la reclamación por responsabilidad patrimonial. No fueron los únicos ya que también demandó al Principado el conductor de un segundo coche, un Audi A3 conducido por un hombre de 62 años, contra el que chocó el Mégane de Fernando Menéndez cuando, ya sin control, invadió el carril contrario de circulación.

Los jueces estimaron la valoración de los peritos contratados por la familia que dejaron en evidencia que la existencia de ese gran árbol contiguo a la carretera y las propias características del talud donde estaba enraizado "constituían un grave riesgo, previsible y evitable si los servicios de vigilancia y mantenimiento de la circulación viaria de la Administración hubieran adoptado la debida diligencia. Y más cuando la caída del árbol habría sido precedida de desprendimientos de piedras y terreno que lo sustentaban, lo que habría de haber servido de apercibimiento", explicaron en el juicio.

Por parte del Principado, sin embargo, la representación legal intentó que los jueces tuvieran en cuenta que "los deberes de conservación de las carreteras deben estar ceñidos a un margen de razonabilidad, por lo que no se puede demandar del servicio de conservación una retirada inmediata de cualquier obstáculo o vertido, dado que eso es inasumible e inabordable". De hecho, el Consejo de Estado ha venido manteniendo esa misma idea: que a la administración no se le puede exigir una vigilancia tan intensa que, de instantáneo, cuide de que el tráfico de la calzada sea libre y expedito.

Dando por buena esa idea, es decir que no todos los incidentes que ocurren en una vía pueden ser responsabilidad de la Administración, en este caso los jueces sí que han visto claro que hubo una dejación en el buen mantenimiento de la carretera. "Ante una situación de peligro, que la propia situación del árbol en cuestión ponía de manifiesto más de un año antes, las labores de mantenimiento, conservación y vigilancia no pueden limitarse, como parece pretender la Administración, a meras visitas periódicas y habituales por la vía, o a la colocación de señalización que advierta de la posibilidad o peligro de desprendimientos, sino a una eficaz actuación de control sobre ese elemento concreto", dice el Tribunal en su sentencia.

El magistrado tampoco permite que se atribuya a la lluvia o al viento de ese día lo sucedido, algo que podría entrar en el concepto de causa de fuerza mayor. Porque "no se acredita que el origen de la caída del árbol sobre la calzada se debiera a un evento o fuerza imprevisible e inevitable, sino –reitera– a la falta de vigilancia y conservación de la titular de la vía".

El fallecimiento del joven Fernando Menéndez causó en su día una gran consternación entre los vecinos de Candamo y Grado, donde era muy querido, y más por el hecho de que en la zona llevaban tiempo reclamando mejoras para la vía y demandando más seguridad.