El Tribunal Europeo avala la prohibición de matar lobos: "Están estrictamente protegidos"

Los jueces señalan que solo habrá excepciones si el estado de conservación de la especie es "favorable en los ámbitos local, nacional y transfronterizo"

El Tribunal Europeo avala la prohibición de matar lobos

El Tribunal Europeo avala la prohibición de matar lobos / LNE

Ramón Díaz

Ramón Díaz

La prohibición de cazar lobos es válida. Así lo recoge el avance de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) referida a Austria, pero aplicable al resto de los países comunitarios. El fallo da la razón a los grupos ecologistas, que defienden que solo pueden otorgarse permisos para eliminar lobos en casos excepcionales y tras cumplir una larga serie de condiciones previas. Los argumentos de los jueces son contrarios a las pretensiones del Principado y otros gobiernos autonómicos, que defienden la legalidad de eliminar lobos estableciendo porcentajes sobre la población existente o cuando haya daños graves a la ganadería. El TJUE dice que esos argumentos no son suficientes.

El Alto Tribunal señala que la prohibición de la caza aprobada por el Gobierno de Austria (similar a la española) es legal. Y que solo pueden concederse excepciones "si la población del lobo se encuentra en un estado de conservación favorable", lo que no ocurre en Austria, y tampoco en España, según la última revisión oficial, remitida a Bruselas en 2019.

La sentencia del TJUE tiene su origen en la impugnación de varias organizaciones de protección animal y del medio ambiente contra el Gobierno del Estado Federado del Tirol por autorizar temporalmente el sacrificio de un lobo, tras la muerte de 20 corderos. El Tribunal Europeo aclara que los lobos son objeto de "protección rigurosa" en la UE. En consecuencia, en principio, está prohibido cazarlos.

Ignacio Martínez: "En la actualidad no se cumplen las condiciones para actuar contra una especie protegida"

El crecimiento de la población del lobo llevó a varios estados austriacos a autorizar la eliminación de ejemplares, lo que chocaba con la prohibición del Gobierno central. Las dudas sobre la legalidad de la medida estatal llevó a un tribunal regional del Tirol a preguntar al TJUE a este respecto, y, en el caso de que fuera legal, los requisitos para establecer excepciones y, por tanto, autorizar sacrificios.

El TJUE no observa ningún elemento que pueda afectar a la validez de la protección rigurosa de los lobos en Austria. Y explica por qué. Por un lado, la UE está "vinculada por el Convenio de Berna, que protege estrictamente los lobos". Añade que para que conceder una excepción a la prohibición de la caza del lobo, las autoridades deben velar por que se cumplan varios requisitos. El primero, que la población del lobo se encuentre "en un estado de conservación favorable, tanto en el ámbito local (el Tirol), como nacional (Austria), "lo que no es el caso". "Además, aunque así fuera, aún sería necesario cerciorarse (...) de que su estado de conservación también es favorable en el plano transfronterizo"; esto es, en relación con los países vecinos, señalan los jueces europeos.

Más exigencias: "La excepción no deberá perjudicar el mantenimiento del estado de conservación favorable en ninguno de estos tres ámbitos (local, nacional y transfronterizo). Los daños graves, además, deben ser, "al menos en gran medida, imputables al ejemplar de que se trate". Es decir, no se pueden conceder autorizaciones genéricas o porcentuales –como pretende el Principado–, sino las dirigidas única y exclusivamente al ejemplar que cause los daños. Daños que, además, han de ser "directos" e "imputables únicamente a ese lobo" concreto. Finalmente, solo puede autorizarse matar un lobo si no hay "otra solución satisfactoria".

La sentencia ha sido recibida con satisfacción por los grupos ecologistas. Ignacio Martínez, de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel), destacó que el avance de la decisión del TJUE aclara "que no es posible matar ejemplares de lobo en Europa, como ya reconocen los gobiernos autonómicos de España". Y que, en la actualidad, "no se cumplen las condiciones (ni europeas ni españolas) para actuar contra ejemplares de especies protegidas".

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