Investigación

La Audiencia Nacional devuelve el pasaporte al comandante destinado en Caracas que fue detenido en el caso Koldo

Los magistrados consideran que en este caso "no resulta proporcionada la prohibición de salida del territorio" por el arraigo que tiene en España, "toda vez que es comandante de la Guardia Civil"

Koldo García Izaguirre.

Koldo García Izaguirre. / EFE

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional revocó la decisión del juez instructor del caso Koldo, Ismael Moreno, de prohibir la salida de España y retirar el pasaporte al comandante de la Guardia Civil Rubén Villalba, destinado en la Embajada de España en Caracas (Venezuela) hasta su detención en el marco del procedimiento, según especifica un auto de 22 de mayo, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.

"En el caso que nos concierne la injerencia en la libertad individual es manifiesta, supone una restricción de su libertad, sin perjuicio de que esté suspendido o cesado en su desempeño profesional como adscrito a la Embajada de Venezuela, como consecuencia de tales hechos", dice el auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que alude de esta forma a la decisión del Ministerio del Interior destituir al comandante Rubén Villalba de su cargo de agregado de Interior en la Embajada de Venezuela, tras ser imputado en el caso Koldo.

En su auto, los magistrados explican que una decisión de este tipo debe ser "suficientemente valorada, desde la perspectiva de la proporcionalidad en función de los datos incriminatorios", y que en este caso "no resulta proporcionada ponderando el sacrificio generado en la esfera del recurrente, más allá que ya no desempeñe su profesión en la Embajada de Venezuela, la prohibición de salida del territorio no se compadece con el arraigo que tiene en España como es su familia y su trabajo, (toda vez que es Comandante de la Guardia Civil)", dice el auto.

"No se justifica"

Además, la Sala resalta que en el caso de este agente "no existe ninguna circunstancia que en la esfera del recurrente no haga sospechar que se puede frustrar o yugular los fines públicos que se pretenden alcanzar con tal medida, [...] lo que nos lleva en este caso a entender que no se justifica tal medida de prohibición de salida de España".

El juez Ismael Moreno.

El juez Ismael Moreno. / Nac

Según el sumario del caso Koldo, los investigadores detectaron una "vinculación directa, personal y permanente en el tiempo" del comandante de la Guardia Civil con el principal comisionista de la trama de las mascarillas, Víctor de Aldama, y con Koldo García Izaguirre, quien fue asesor del exministro José Luis Ábalos. De él se destaca "el hecho de que habría obtenido un beneficio personal", ya que, por ejemplo, en el momento de su detención en el aeropuerto de Barajas, Villalba llevaba 4.835 dólares repartidos en 1.724 billetes.

Según los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil Villalba "habría realizado distintas gestiones en beneficio de Aldama", como proporcionarle "una línea de comunicación segura" o una "gestión en B" realizada el 22 de febrero de 2022, "fecha en la cual éste habría hecho llegar dinero en efectivo a Koldo". Por ello, según publicó este periódico, Aldama y sus socios le habrían pagado 2.000 euros al mes.

Fiscalía Europea

La decisión de la Sala de devolverle el pasaporte tuvo lugar ocho días antes de las fiscales europeas delegadas Laura Pellón Suárez de Puga y Olga Muñoz Mota comunicaran al instructor que asumían la totalidad de la causa, y no solo lo relativo a los contratos de mascarillas adjudicados por las Comunidades Autónomas de Canarias y Baleares.

Tanto la Fiscalía Anticorrupción como Ismael Moreno se habían opuesto a leventar la prohibición de salir de España, y en un auto de 21 de marzo el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional desestimó el recurso que había interpuesto el abogado del comandante de la Guardia Civil, que negaba que existiera riesgo de que su cliente se fugara del territorio nacional, puesto que estaba acreditado "su arraigo laboral y familiar", al mismo tiempo que sostenía que tampoco existía un riesgo "de reiteración delictiva y de desaparición de fuentes de prueba".