Publicadas las Subvenciones al Crecimiento y Relevo Empresarial

A partir de mañana se abre plazo para solicitar estas nuevas líneas de apoyo a la consolidación y crecimiento del tejido empresarial del municipio de Gijón/Xixón, recogidas en el Pacto de Concertación Social Gijón Futuro 2024-2027

Publicadas las Subvenciones al Crecimiento y Relevo Empresarial

Publicadas las Subvenciones al Crecimiento y Relevo Empresarial

L. L.

Subvenciones a la Consolidación y Crecimiento Empresarial 2024. Línea I. Crecimiento Empresarial (Primer plazo)

La solicitud de la subvención y documentación complementaria se presentarán a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Primer plazo de solicitud: del 26 de junio al 15 de julio de 2024, ambos inclusive.

Segundo plazo de solicitud: del 1 al 20 de septiembre de 2024.

Descripción

Esta línea de subvenciones tiene por objeto el apoyo financiero para la elaboración e implementación de planes de consolidación y crecimiento, resultando del diagnóstico previo, que supongan el crecimiento del tamaño de las empresas para facilitar su posición en el mercado, la presencia en mercados nacionales, europeos e internacionales, el acceso a proyectos de mayor envergadura, la mejora de la productividad, y la generación de empleo de calidad.

Importante

1. Los proyectos deberán ser realizados por la empresa beneficiaria en su establecimiento localizado en el municipio de Gijón, y sus resultados deberán permanecer o tener impacto tangible en el municipio.

2. Los proyectos deberán comprender la realización de un diagnóstico y análisis de la empresa con objeto de detectar sus áreas potenciales de crecimiento, así como la elaboración de un plan de consolidación y crecimiento con propuesta de acciones de mejora concretas en innovación, recursos humanos, operaciones, digitalización, marketing y comercialización y finanzas, entre otras, y/o la implementación de estas actuaciones con el objetivo de propiciar la mejora en la competitividad, la productividad, dimensión, innovación e internacionalización de las empresas con capacidad de crecimiento empresarial.

3. Los proyectos se estructurarán en las siguientes fases:

– Diagnóstico y análisis de la empresa y elaboración del plan de consolidación y crecimiento.

– Implementación del plan de consolidación y crecimiento.

4. Los proyectos presentados pueden incluir una o ambas fases, en caso de que la empresa solicitante ya dispusiera de un plan de consolidación y crecimiento elaborado en un período máximo de 1 año previo a la fecha de solicitud de la subvención:

  • Las empresas que carezcan de un plan de consolidación y crecimiento ya elaborado, podrán optar por presentar un proyecto que contemple solo la fase de diagnóstico y análisis de la empresa y elaboración del plan de consolidación y crecimiento, u optar también por incluir la fase de implementación de acciones derivadas del mismo.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias de esta línea autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas que cumplan los siguientes requisitos:

– Domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

– Antigüedad mínima de 5 años a contar desde la fecha de alta censal a fecha de fin de plazo de solicitud.

– Importe neto de la cifra de negocio positivo, reflejado en las últimas cuentas anuales y considerando en dicho concepto únicamente las ventas y prestación de servicios de carácter mercantil, quedando excluido expresamente el importe de las subvenciones recibidas y los trabajos propios realizados para la empresa.

– Las Pymes deberán contar con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como de laboral (en ambos casos a tiempo completo o equivalente).

Requisitos

1. Los proyectos deberán ser viables técnica, económica y financieramente, siendo coherentes con el perfil de actividad, trayectoria y capacidad de la empresa, así como con los objetivos cualitativos y cuantitativos que planteen y la rentabilidad que se espera que generen. Se deberá justificar el cumplimiento de tales requisitos mediante la documentación que se exija y la complementaria, que en su caso, pudiera ser solicitada con posterioridad.

2.Los proyectos no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas ni estar relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.

3. No se considerarán subvencionables los proyectos cuyo objetivo esté orientado al cumplimiento de requisitos legales, o la mera renovación de equipos o certificados, o cualquier otro de naturaleza análoga que no suponga ningún tipo de mejora para el crecimiento y la consolidación empresarial.

Tasas y cuantías

La intensidad de las subvenciones será como máximo 80% del presupuesto elegible.

Los beneficiarios/as deberán aportar a través de otras fuentes de financiación la cuantía restante.

La ayuda máximo concedida por proyecto será de 18.000 euros. En todo caso, los gastos elegibles presentados no podrán ser superiores a:

  • Fase A) Diagnóstico y análisis de la empresa y elaboración del plan de consolidación y crecimiento: 3.750 euros.
  • Fase B) Implementación del plan de consolidación y crecimiento: 18.750 euros.

BOPA 25/06/2024

Más información y tramitación en el siguiente enlace

Subvenciones a la Consolidación y Crecimiento Empresarial 2024. Línea II. Relevo Empresarial (Primer plazo)

Primer plazo de solicitud: del 26 de junio al 31 de agosto de 2024, ambos inclusive.

Segundo plazo de solicitud: del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2024.

La solicitud y la documentación complementaria se presentarán a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Descripción

Esta línea de subvenciones nace con la finalidad de apoyar la importancia de la planificación de los procesos de relevo empresarial y favorecer así la continuidad de las empresas, impulsando su transmisión exitosa, evitando el cierre de negocios y permitiendo la consolidación de proyectos empresariales a largo plazo.

Importante

Los proyectos deberán ser realizados por la empresa beneficiaria en su establecimiento localizado en el municipio de Gijón, y sus resultados deberán permanecer o tener impacto tangible en el municipio.

Los proyectos deberán estar dirigidos a planificar los procesos de relevo empresarial y favorecer la continuidad de las empresas, impulsando su transmisión exitosa, evitando el cierre de negocios y permitiendo la consolidación de proyectos empresariales a largo plazo.

Los proyectos para los que se solicite ayuda al amparo de la presente convocatoria deberán realizarse a lo largo del año 2024.

La duración de los proyectos estará comprendida entre 2 y 3 meses a contar desde el día siguiente a la notificación del acuerdo de concesión de la subvención.

Es posible una ampliación del plazo de ejecución por un período máximo de 1,5 meses, en una única solicitud.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias de esta línea de subvenciones los Autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas que cumplan los siguientes requisitos:

– Domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

– Antigüedad mínima de 5 años a contar desde la fecha de alta censal a fecha de fin de plazo de solicitud.

Requisitos

  • Los proyectos deberán ser viables técnica, económica y financieramente, siendo coherentes con el perfil de actividad, trayectoria y capacidad de la empresa, así como con los objetivos cualitativos y cuantitativos que planteen y la rentabilidad que se espera que generen. Se deberá justificar el cumplimiento de tales requisitos mediante la documentación que se exija y la complementaria, que en su caso, pudiera ser solicitada con posterioridad.
  • El solicitante se compromete a realizar todas las actuaciones necesarias para la correcta consecución del plan de relevo empresarial en los plazos y la forma establecidos en el proyecto.

Tasas y cuantías

La intensidad de las subvenciones será como máximo 80% del presupuesto elegible.

Los beneficiarios/as deberán aportar a través de otras fuentes de financiación la cuantía restante.

La ayuda máxima concedida por proyecto será de 3.500 euros. En todo caso, los gastos elegibles presentados no podrán ser superiores a 4.375 euros.

BOPA 25/06/2024

Más información y tramitación en el siguiente enlace