Dos años de cárcel por hacer tocamientos a su sobrina, de 12 años

El acusado, un octogenario, había atribuido la denuncia a una venganza de su cuñada, a la que dice haber prestado dinero

Juzgados de Gijón.

Juzgados de Gijón. / LNE

Pablo Palomo

Pablo Palomo

Dos años de cárcel al considerase como hechos probados que hizo tocamientos a su sobrina política, menor de doce años. La sección octava la Audiencia Provincial de Gijón ha condenado por un delito de abusos sexuales a un hombre de más de 80 años, procedente de Algeciras, en la provincia de Cádiz, por haber abusado sexualmente de la cría durante el verano de 2022 en el domicilio familiar de la niña. Los magistrados, según consta en el contenido de la sentencia, a la que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA, han dado credibilidad a la versión de la víctima puesto que su relato no se hayan contradicciones entre lo que dijo en su momento en comisaría y lo que comentó después durante la instrucción, y en base también al informe psicológico realizado desde el juzgado que confirma dicha credibilidad en su versión. El acusado, que baraja recurrir la sentencia, había atribuido todo el caso a una venganza de su cuñada puesto que en el pasado ayudó económicamente a los padres de la niña. Su versión no se ha tenido en cuenta.

La sentencia estipula como hechos probados el contenido del escrito de acusación de la Fiscalía. Si bien, se rebaja sustancialmente la pena que debía de cumplir ya que inicialmente el investigado se enfrentaba a tres años y nueve meses de cárcel. Se considera como hechos probados que los abusos tuvieron lugar el día 3 y el 5 de septiembre de 2022. El día 1 de ese mismo mes el acusado había viajado a Gijón desde Algeciras junto a otros familiares para pasar unos días en Asturias. Según dijo en el juicio, lo hizo porque entre el padre y la madre de la niña que sufrió los abusos hubo una pelea y lo que buscaba con su visita era "calmar los ánimos".

La sentencia indica que el primer abuso fue el 3 de septiembre. En el baño de la casa, a donde había entrado la niña después de comer para lavarse los dientes, entró el acusado y le "masajeó los hombros" y luego le tocó el "glúteo por debajo de la ropa". Dos días después, el siguiente episodio se produjo en el salón de la casa, sobre la medianoche. Según se remarca en la sentencia, esa vez el procesado lo que hizo fue "introducir su mano" por debajo del pantalón corto que vestía la niña y le "acarició la zona púbica". Por estos hechos, prosigue el texto, la menor sufre síntomas difusos de ansiedad.

Antes del juicio, la familia del acusado depositó 6.000 euros en el juzgado en concepto de reparación del daño. Tampoco tiene antecedentes penales. En el juicio llegó a declarar la madre de la niña, que reconoció que había convencido a su hija de que pusiera la denuncia para "evitar" que situaciones similares les pasaran a otros niños. La sentencia aún no es firme. Se emitió el 17 de junio, pero las partes la han recibido ahora. Hay diez días de plazo para presentar recurso.