El Supremo ratifica la pena de casi ocho años de cárcel al "apuñalador del tute"

El Alto Tribunal tumba el recurso del procesado, que alega que a pesar de herir en el cuello a su víctima "no quería matarla"

El apuñalador, durante su juicio en la sección octava de la Audiencia.

El apuñalador, durante su juicio en la sección octava de la Audiencia.

Pablo Palomo

Pablo Palomo

A siete años y siete meses de cárcel fue condenado J. C., alias "El Piti", más conocido como el "apuñalador del tute", y siete años y siete meses de cárcel será la condena que tenga que cumplir. El Tribunal Supremo ha tumbado el último recurso del procesado, que ya fue juzgado en enero por la sección octava de la Audiencia Provincial. Se le condenó en primer lugar a siete años por un delito de homicidio intentado por apuñalar con una navaja en el cuello a un conocido suyo con el que, segundos antes de la agresión, jugaba al tute y a otros siete meses porque se enfrentó a los agentes de la Policía Nacional que le fueron a detener a su casa. Los recibió con insultos y armado con un cuchillo de importantes dimensiones.

El "apuñalador del tute" ya había recurrido al Tribunal Superior de Justicia de Asturias, sin éxito. Y ahora ha sido el Tribunal Supremo el que ha tumbado su recurso de casación. El principal argumento que había puesto encima de la mesa su defensa para tratar de lograr una rebaja de la condenado es buscar que fuera condenado por un delito de lesiones en vez de por uno de tentativa de homicidio. Sin embargo, su recurso no ha prosperado. El procesado reconoció que tomó una navaja y que atacó a su víctima en el cuello, pero que no "tenía ánimo de matar" y que lanzó su brazo "sin objetivo alguno, fruto del enfrentamiento". El ataque tuvo lugar en la calle Fuente del Real en abril de 2022. La víctima tuvo que ser evacuada de urgencia al Hospital de Cabueñes donde fue atendida.

El Tribunal Supremo no ha dado paso a este argumento. El alto órgano reconoce que el dolo de matar, cuando existen "datos sugestivos" de que pudiera haber concurrido y el autor lo niega, se debe "obtener por inducción". En este caso, los magistrados analizan que el "apuñalador del tute" tomó una navaja y la dirigió contra el cuello de su víctima donde es de sobra sabido que hay importantes zonas vitales. De hecho, los amigos del herido llegaron a decir en su momento que "era milagro" que hubiera sobrevivido. "El comportamiento del acusado evidencia dolo de matar, siquiera, en la mejor de las hipótesis, a título de dolo eventual", concluye el Supremo. El condenado había alegado también adicción a las drogas, algo que los magistrados tampoco tuvieron en cuenta porque no lo incluyó en su primer recurso.