Esta es la condena para un gijonés que violó a una mujer que fue a alquilarle una habitación: "Si te resistes será peor para ti"

El Supremo ratifica la sentencia contra el acusado, que amenazó a su víctima para forzar las relaciones

Un juez.

Un juez. / Juan Plaza

Pablo Palomo

Pablo Palomo

Cuatro años de cárcel es la condena impuesta a un riosellano de 43 años por violar a una mujer que se interesó por alquilarle una habitación en un piso de Nuevo Roces. Este individuo, mientras le enseñaba la vivienda, abordó a su víctima y la obligó a mantener relaciones sexuales bajo amenazas. "Si te resistes será peor para ti", le advirtió este hombre, según la sentencia.

Los hechos ocurrieron en mayo de 2016. La mujer afectada había acudido hasta el barrio de Nuevo Roces para ver las habitaciones de un piso que tenía interés en alquiler. Después de recorrer las distintas estancias de la vivienda, el ahora condenado le pidió a la afectada que se acostase con él. Ella, después de negarse a tales intenciones, trató de abandonar la casa, pero este individuo se lo impidió colocándose delante de ella. Según la declaración de hechos probados, ratificada ahora por el Alto Tribunal, la agarró por la sudadera que vestía y la llevó hasta una de las habitaciones. En ese lugar la empujó sobre la cama y le pidió que le realizara una felación. Ella se negó, pero de nuevo empleó la violencia este hombre para cogerla por la cabeza para forzarla a cumplir sus intenciones libidinosas. Fue ahí cuando le dijo que si se resistía sería peor para ella.

El procesado fue más allá. También instó a su víctima a que le masturbara, algo a lo que accedió ante "el temor de que su negativa pudiera ocasionarle un mal mayor", describe el fallo judicial. El hombre, mientras, introdujo sus dedos en su vagina. Después, "permitió que se marchara de la vivienda, dándole un número de teléfono móvil para que le llamase si seguía interesada en el alquiler de alguna de las habitaciones de la vivienda".

Rebaja por el "solo sí es sí"

Este asturiano acabó condenado, a pesar de negar los cargos, por la sección octava de la Audiencia, que entendió que el relato de la víctima, "coherente y con estructura lógica", servía para enervar la presunción de inocencia. Le impuso, además de los ocho años de cárcel, siete más de libertad vigilada y doce años de prohibición de aproximarse y de comunicarse con la afectada, a la que deberá indemnizar con 10.000 euros.

La sentencia fue recurrida por el procesado y el Tribunal Superior de Justicia de Asturias rebajó la condena a seis años de cárcel. Después, en aplicación de la ley del "solo sí es sí", la Audiencia volvió a rebajar la pena hasta los cuatro años de prisión. Eso motivó que la víctima recurriese ante el Tribunal Supremo, que acaba de desestimar ese recurso ratificando los cuatro años.