Un niño de 12 años: el autor de una falsa amenaza de bomba en un instituto de Canarias

El menor llamó con un número oculto y una voz distorsionada. No tendrá que pagar ninguna multa, que en caso de haberla tendrían que ser los padres quienes se hiciesen cargo

Falsa amenaza de bomba en un instituto de Canarias

Falsa amenaza de bomba en un instituto de Canarias / La Provinca

La Provincia

En diciembre del año pasado, varias unidades de la Policía Nacional acudieron de urgencia al IES Tomás Iriarte, ubicado en la calle Diego de Almagro en Ofra, Santa Cruz de Tenerife, tras recibir un aviso de bomba en el centro educativo.

La amenaza telefónica de un artefacto explosivo en el instituto provocó la movilización inmediata de patrullas policiales, que se desviaron de otros servicios para desalojar el instituto y establecer un perímetro de seguridad.

Los especialistas en desactivación de explosivos (TEDAX) llevaron a cabo inspecciones detalladas en las instalaciones y, al no encontrar ningún indicio de amenaza, concluyeron que se trataba de una falsa alarma.

Investigación policial

Dada la naturaleza delictiva de los hechos, la policía inició una investigación para identificar al responsable de la llamada y la consiguiente alteración del orden público. A pesar de que la llamada se realizó con un número oculto y una voz distorsionada, las autoridades lograron identificar al titular de la línea telefónica. El responsable fue un menor de 12 años, hijo del titular del teléfono, quien realizó la llamada sin el conocimiento de sus padres.

El menor está exento de responsabilidad penal debido a su edad. Sin embargo, los hechos han sido comunicados a la autoridad correspondiente, y podría haber sanciones económicas. De ser impuestas, las multas serían responsabilidad de los padres del menor.

Advertencia de la Policía Nacional

La Policía Nacional recuerda que realizar falsas alarmas o simular situaciones de peligro para la comunidad, como una amenaza de bomba, que requiera la movilización de servicios públicos de seguridad, asistencia o salvamento, puede constituir un delito de desórdenes públicos. Este delito puede conllevar penas de prisión de 3 meses a 1 año o multas de 3 a 18 meses.