Opinión

Desigualdad ante la ley: el camino hacia atrás

La importancia de la universalidad de la justicia

Desigualdad ante la ley: el camino hacia atrás

Desigualdad ante la ley: el camino hacia atrás / .

A lo largo de los siglos, la sociedad ha ido avanzando hacia la igualdad ante la ley: eliminando primero privilegios feudales o estamentales, liquidando después excepciones por razones de capacidad económica u otras (el voto censitario, pongamos); en las muy últimas décadas, las diferencias que existían entre la mujer y el hombre (la posibilidad de abrir cuentas, por ejemplo, la dependencia del varón para determinados actos, etc.). De este modo, nuestras sociedades –aquellas en que nos movemos, no todas, ni mucho menos– han llegado a establecer la igualdad ante la ley de todos los individuos, independientemente de su condición étnica o sexual, de su condición económica o del sector social en que hayan nacido.

Sobre la igualdad prescrita en nuestra Constitución y nuestro ordenamiento jurídico, la reciente Ley 15/22, de 13 de julio de 2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación (¡qué horror, por cierto, nuestro chapulenguaje jurídico!) viene a reforzar esa condición en su artículo 2, al establecer una larga lista por la que nadie «podrá ser discriminado» en función de alguna peculiaridad particular o de grupo.

Pero en los últimos tiempos parece haber fugas en esa igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. He aquí los casos recientes más flagrantes y escandalosos: la Audiencia de León atenúa la pena a un hombre que dejó embarazada a una menor entre los 12 y los 15 años. La Audiencia Provincial de Ciudad Real absolvió a otro, acusado de abusar continuadamente de una niña de 12 años, a la que dejó embarazada de gemelos. La alegación de ambos tribunales se basa en entender que ese tipo de relaciones son habituales en la cultura gitana.

Afortunadamente, el Gobierno ha reaccionado a tiempo –existe alguna sentencia anterior de carácter semejante contra la que no se ha actuado– y recurrirá las decisiones judiciales. El Ejecutivo, además de señalar que se vulneran la legislación estatal y convenios internacionales, apunta al carácter «machista y racista» de las sentencias y subraya la desprotección de las menores, especialmente de las de etnia gitana, para cuyos agresores se abriría un portillo de impunidad.

A mí me importa señalar cómo este pensamiento, digamos, comprensivo con las costumbres (no lo llamemos «cultura») de grupo rompe la igualdad de todos ante la ley, porque ni siquiera se puede argüir el desconocimiento de la norma, ya que el párrafo primero del artículo 6 del Código Civil español lo señala con meridiana claridad: «La ignorancia de las leyes no excusa de su incumplimiento».

Pero, más allá de esa evidencia, el razonamiento abre un peligrosísimo abismo, porque, si las costumbres de un determinado grupo son suficientes para crear ley de ellas (que eso es, en el fondo, lo que suponen esas sentencias), ¿cuál es la razón para no extender ese supuesto jurídico a otros grupos? ¿Por qué no entender, entonces, la violencia de las maras, tan entrañada en ellas? ¿Cómo no admitir la ablación de la mujer o su condición de propiedad del varón, práctica y situaciones nada extrañas en grupos humanos que conviven con nosotros?

No estamos ante casos aislados de romper la universalidad de la Ley y la igualdad de todos ante ella, no. Esa tendencia forma parte de algún discurso ideológico, de una parte del feminismo, por ejemplo. Así, la magistrada Gloria Poyatos Mata sostiene que debe haber delitos que sean juzgados por mujeres, porque tienen una «perspectiva de género». Según ella: «Es una anomalía democrática que una aplastante mayoría de jueces varones vaya a decidir sobre la ley del aborto, sobre algo tan femenino». La señora Poyatos no sólo niega la posibilidad de que los parlamentos legislen de forma adecuada en determinadas materias, de no hacerlo «los futuros afectados», sino que ni siquiera pueden juzgar «justamente» quienes no tengan la especificidad de aquel que va a ser juzgado.

En definitiva, quienes reclaman jueces particulares para determinados grupos o legislaciones matizadas para ellos o actúan como si sus convenciones internas fuesen leyes de facto, niegan la universalidad de la justicia en un Estado, la parcial inaplicabilidad de sus normas e, incluso, la capacidad para legislar de todos los diputados que salen de la voluntad popular.

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